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Alcaldías «sub júdice» en Santander

En el departamento de Santander se encuentran minadas en grado sumo las expectativas de rectitud y probidad que las personas deben tener en las instituciones estatales. 

Por: Alexander Mateus Rodríguez | La locución latina «sub júdice», corresponde al acto, hecho o situación que está bajo proceso o juicio, que está pendiente de juicio. Poner toda la intelección en la expresión «encontrarse bajo juicio», debe conducirnos a realizar reflexiones profundas, porque se ha normalizado que se puede gobernar o administrar recursos públicos con actuaciones pendientes en la Fiscalía General de la Nación, y demás, entes de control fiscal y disciplinario.

Creo firmemente que cuando existen imputación o señalamientos de responsabilidad penal en contra de la primera autoridad administrativa de una ciudad, lo más saludable y ético, es que se ejerza el derecho constitucional de defensa por fuera del cargo, para que se garantice la transparencia dentro de toda la actuación judicial, sin presiones indebidas sobre los funcionarios encargados de administrar justicia.

Recientemente, en la Alcaldía de Bucaramanga, Santander, la Procuraduría evidenció un hallazgo administrativo con incidencia disciplinaria, fiscal y penal, porque se perdieron bienes públicos que no se podían catalogar como residuos de actividades que desarrolla la administración. Dentro del proceso auditor no se logró demostrar que hacían parte de un proceso de chatarrización, ni tampoco que hubiesen sido declarados en baja contable. Asimismo, las bitácoras de las empresas de vigilancia demuestran que el retiro de material de alumbrado público se llevó a cabo en la vigencia 2024.

Por hechos similares, un exmandatario bumangués, en el caso denominado «Manantial de Amor», fue condenado como: «el autor penalmente responsable de las conductas punibles de interés indebido en la celebración de contratos, según el artículo 409 del Código Penal, en concurso homogéneo sucesivo, en concurso heterogéneo, con peculado por apropiación del artículo 397, inciso 1». En el mismo caso, se condenó al exsecretario de Infraestructura de la Alcaldía de Bucaramanga, y la exdirectora del alumbrado público, por luctuosos actos de corrupción.

Nuestra amada ciudad Barrancabermeja, Santander, se ha desarrollado en contextos similares, entre condenas y escándalos de corrupción bochornosos, que la han mantenido en el atraso y decidía institucional. Ampliamente se ha publicitado que la Fiscalía General de la Nación detectó: «un entramado ilegal que se habría presentado durante las elecciones locales del 29 de octubre de 2023. El alcalde de la ciudad y entonces candidato (…), en articulación con otras personas, presuntamente entregó dinero y ofreció diferentes prebendas a los habitantes para que votaran por él y otros aspirantes de su corriente política».

En una de las columnas anteriores, expresé que fue un hecho notorio, que se observó en las calles grandes grupos de personas, esperando recibir algún tipo de incentivo por salir a votar, y que es indescriptible lo que se puede sentir cuando escuchamos que servidores públicos se encuentren involucrados en estos actos de corrupción del elector, que dañaron la democracia, la cual sigue capturada por verdaderas empresas electorales[1].

Sobre estos temas, la jurisprudencia ha insistido que aplicar un tratamiento punitivo severo a quienes incurren en actos de corrupción estatal, pues a los servidores públicos, por la delicada misión que se les ha confiado, se les exige una especial probidad, transparencia y honestidad, dado además los intereses generales que están en juego en el desempeño de sus funciones.

Insistentemente se ha proclamado que: «(…) el derecho penal sólo debe intervenir en los casos de ataques muy graves a los bienes jurídicos más importantes»,[2] como los casos, descritos en el presente escrito, que son pluriofensivos, porque afectan todas las esferas de la sociedad. Realmente, los hechos de corrupción, merecen un tratamiento severo, para que desparezca la sensación de impunidad que existe en la opinión pública, y podamos construir una sociedad de personas honorables, que respeten los recursos públicos, que lleguen a lugares de decisión o gobierno, sin sectarismo y ambiciones políticas.

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*Abogado especialista en Derecho Administrativo, egresado de la Universidad Santo Tomas, Seccional Bucaramanga. Funcionario de la Rama Judicial.

E-mail: alexandermateusrodriguez@gmail.com.

Esta columna encierra el pensamiento del autor, en ningún caso es la posición de Río Grande.

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[1] https://www.riogrande.com.co/2024/08/18/la-corrupcion-un-problema-sistemico/

[2] Muñoz Conde F., Derecho Penal PG, 8ª Ed., págs. 72 y s.

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