Se promulgó la ley 2416 de 2024 que tiene por objeto declarar la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones como servicio de utilidad pública e interés social.
La prestación de servicios de telecomunicaciones, como el internet, ya será de carácter de «utilidad pública e interés social» por parte del Gobierno nacional. Con la promulgación de la ley 2416 de 2024, reiteran que el acceso a Internet es un servicio público esencial y en ese sentido los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones no podrán suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación de este servicio público esencial.
Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los deberes y obligaciones a cargo de los suscriptores y usuarios del servicio, conforme a la regulación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Además, se establece un procedimiento para declarar la legalización sobre los predios que se requieran para el paso de las redes de comunicaciones.
En la Ley también se constató la utilización de bienes públicos para la adecuación de infraestructura. Las autoridades nacionales y territoriales promoverán el uso de los bienes y edificios públicos para la instalación y el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones, con la finalidad de fomentar el acceso de la población a los servicios públicos prestados sobre estas, entre ellos el servicio público esencial de acceso a Internet.
Según la Organización para la Cooperación para el Desarrollo Económico (Ocde) Colombia es el país miembro con menor cobertura de internet en el puesto 38. Solo 60,5% de población colombiana tiene acceso a este servicio.
El país está lejos de llegar al nivel de los primeros del listado, los cuales tienen niveles de casi 100%. Corea del Sur lidera el ranking con un nivel de cobertura de 99,9%. A este le sigue muy de cerca Noruega con 99%.