El descuento aplicará a las personas naturales que declaren renta como trabajadores independientes.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que los trabajadores independientes tendrán la posibilidad de acceder a un descuento del 25 % en el impuesto de renta correspondiente al año gravable 2024, beneficio que aplicará en la declaración que deben presentar durante el calendario tributario de 2025.
El anuncio busca aliviar la carga tributaria de este segmento de contribuyentes, que en los últimos años ha expresado dificultades para cumplir con sus obligaciones fiscales debido a la pérdida de ingresos reales por la inflación, la desaceleración económica y el aumento en los costos de vida.
¿A quiénes beneficia y cómo funciona?
De acuerdo con la entidad, el descuento aplicará a las personas naturales que declaren renta como trabajadores independientes, es decir, quienes perciben sus ingresos principalmente por honorarios, comisiones, prestación de servicios o contratos por cuenta propia.
La DIAN explicó que el beneficio se materializará directamente en la declaración: una vez se liquide el impuesto de renta correspondiente, el contribuyente podrá aplicar el descuento del 25 % sobre el total a pagar. Por ejemplo, si un trabajador independiente debía cancelar $4 millones de impuesto, solo pagará $3 millones tras la aplicación del beneficio.
La medida no implica una exención completa ni una reducción de la base gravable, sino un descuento directo en el impuesto final a pagar.
El anuncio se da en un momento clave, pues agosto marca el inicio del calendario de vencimientos para la presentación de la declaración de renta de personas naturales, que se extenderá hasta octubre de 2025.
Lo que deben tener en cuenta los contribuyentes
Con lo anterior, los contribuyentes tendrán un beneficio del 25 % de descuento en el total del impuesto a pagar que, de acuerdo con la Dian, tenga soportes de las siguientes actividades:
- Certificado del pago de intereses por préstamos para compra de vivienda.
- Certificados por pagos de salud.
- Pagos de ICA (Impuestos de Industria y Comercio), avisos, tableros y predial.
- Certificados de las donaciones o inversiones que hayas hecho durante el año.
- Facturas legales de los gastos requeridos para el funcionamiento de la actividad que la persona natural realice como independiente.
Todos estos documentos que sirvan de constancia de ingresos, deducciones, patrimonio, entre otros, tiene que haber sido emitidos por la entidad requerida.
Finalmente, la entidad reiteró que no es necesario realizar ningún trámite adicional ni inscribirse en programas especiales; el descuento del 25 % se reflejará automáticamente en el proceso de liquidación de la declaración.
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