El alto tribunal advirtió que la entidad no puede dar respuestas rígidas o formales cuando hay circunstancias que requieren un enfoque diferencial, como situaciones médicas o de vulnerabilidad.
La Corte Constitucional exhortó al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) a que garantice que las respuestas a las solicitudes excepcionales de sus beneficiarios sean claras, motivadas y analizadas de fondo, especialmente cuando involucran condiciones de especial protección como situaciones médicas o de discapacidad psicosocial.
El pronunciamiento se dio en el marco de la Sentencia T-285 de 2025, tras estudiar la acción de tutela interpuesta por Gael, un estudiante beneficiario del programa Ser Pilo Paga – Versión 3, a quien el Icetex le negó la renovación de su crédito condonable.
La entidad argumentó que el joven incumplió el reglamento operativo al suspender dos semestres consecutivos sin justificación. Sin embargo, el estudiante alegó que lo hizo por motivos médicos, los cuales notificó formalmente con los debidos soportes.
Aunque el Icetex reembolsó las pretensiones del accionante durante el proceso, la Sala Sexta de Revisión –integrada por las magistradas Paola Andrea Meneses Mosquera, Carolina Ramírez Pérez (e) y el magistrado ponente Miguel Polo Rosero– decidió pronunciarse de fondo ante la relevancia del caso.
La Corte recordó que el derecho a la educación es fundamental por su relación directa con la dignidad humana y la posibilidad de desarrollar un proyecto de vida. Y aunque el Estado no está obligado a proveer educación superior gratuita, sí debe garantizar mecanismos financieros efectivos para el acceso progresivo, tal como lo establece el artículo 69 de la Constitución.
En este sentido, la Corte señaló que el Icetex no es un simple operador financiero, sino un organismo con responsabilidad pública directa en la garantía del derecho a la educación, especialmente para poblaciones en situación de vulnerabilidad.
En el caso concreto, el alto tribunal concluyó que el Icetex y el Ministerio de Educación vulneraron los derechos de petición y educación de Gael al no considerar su situación médica debidamente acreditada, ni ofrecer alternativas razonables o un análisis diferenciado de su solicitud.
La Corte instó al instituto a aplicar un enfoque diferencial en el análisis de estas situaciones y a evitar decisiones automatizadas que desconozcan las condiciones reales de los estudiantes.
APN Noticias