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El daño patrimonial de $2.9 billones de Reficar nunca existió

Esta sentencia marca un hito en la historia reciente de Colombia y podría abrir la puerta para que otros casos similares sean revisados y desestimados.

En una decisión histórica, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha tumbado una de las decisiones más sonadas de la Contraloría General sobre el desfalco en la ampliación de la Refinería de Cartagena (Reficar). En un fallo de 395 páginas, la justicia encontró que no hubo daño patrimonial y que uno de los exejecutivos de la refinería, Hernando José Gómez Restrepo, no fue responsable de nada.

El Tribunal, con ponencia del magistrado Felipe Solarte Maya, desestimó gran parte de la investigación realizada por la Contraloría en 2021, que acusó a dos expresidentes de la compañía, tres exvicepresidentes, siete miembros de su junta directiva y cuatro contratistas, por un presunto detrimento patrimonial de $2,9 billones.

Según la Contraloría, hubo mal manejo de recursos en la ampliación de Reficar, incluyendo gastos que no se justificaban, baja productividad de la mano de obra y excesivos gastos en contratación de personal, así como demoras en las actividades propias del proyecto.

Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca argumentó que no hubo tal detrimento patrimonial, respaldando a Gómez Restrepo, quien demandó la decisión de la Contraloría en 2022.

La defensa del exjefe de la junta directiva señaló que sus acciones y las de otros ejecutivos fueron adecuadas y siempre dentro de los parámetros de la ley para sacar adelante la ampliación. Según el fallo, la Contraloría cometió errores al realizar cálculos incorrectos que no demostraron una responsabilidad clara de los ejecutivos, y tampoco se encontró evidencia de dolo o culpa grave que justificara el fallo.

El Tribunal detalló que la Contraloría no especificó de manera concreta el daño patrimonial ni el comportamiento indebido de Gómez Restrepo. Además, el fallo desmintió que los aumentos en el presupuesto de inversión, conocidos como Capex, fueran excesivos o irresponsables.

Para el Tribunal, esas decisiones obedecieron a razones técnicas necesarias para continuar la construcción de la obra y preservar la inversión realizada hasta el momento, evitando así que la megaobra quedara paralizada por falta de fondos.

El Tribunal también criticó los métodos matemáticos utilizados por la Contraloría para calcular los sobrecostos y determinó que estos no reflejaban una intención de despilfarro por parte de Gómez Restrepo o sus colegas.

Más bien, las decisiones tomadas fueron fundamentadas en cálculos técnicos y en la necesidad de asegurar la continuidad del proyecto. La justicia subrayó que los aumentos en el presupuesto de inversión no constituyen una fuente de daño patrimonial, sino que fueron necesarios para completar la obra.

Este fallo marca un precedente importante en la defensa de los ejecutivos que enfrentan acusaciones similares, ya que valida la buena intención y la correcta gestión de los recursos por parte de los involucrados.

Además, abre la posibilidad para que otros exfuncionarios de Reficar que enfrentan denuncias similares puedan buscar la anulación de las decisiones de la Contraloría. La sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca desestima las acusaciones anteriores y coloca en tela de juicio la efectividad y precisión de las investigaciones de la Contraloría, que en su momento fue alabada por el entonces procurador, Edgardo Maya, como una medida ejemplar contra el mal manejo de recursos públicos en el país.

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