Written by 12:35 pm BARRANCABERMEJA, LOCAL

Consejo de Estado ratifica nulidad electoral de concejal de Barrancabermeja

La Sección Quinta del Consejo de Estado negó la solicitud de adición presentada por la defensa de José Armando Jaime Oviedo, concejal de Barrancabermeja, al confirmar que la sentencia emitida el pasado 12 de junio ya había abordado de manera completa los argumentos del proceso.

La petición fue interpuesta por la parte demandada el 18 de junio, argumentando que no se había hecho pronunciamiento frente a la exclusión de una prueba de inspección judicial por considerarla ilegal. No obstante, el alto tribunal precisó que dicha prueba fue debidamente valorada en los apartados 130 al 135 de la sentencia original, en los cuales se determinó su pertinencia y legalidad, rechazando así el supuesto vacío jurídico señalado por la defensa.

El caso gira en torno a la elección de Jaime Oviedo como concejal del municipio, cuya nulidad fue confirmada al encontrarse irregularidades en el proceso de escrutinio, particularmente una inconsistencia en la intención de voto en la lista del partido independientes, en dos mesas del puesto 09 del municipio, según lo dispuesto en el artículo 275.3 de la Ley 1437 de 2011.

En consecuencia, la corporación judicial resolvió negar la solicitud de adición por no cumplir con los preceptos del artículo 287 del Código General del Proceso, reiterando que contra lo decidido no procede recurso alguno. La decisión fue firmada por la presidenta de la Sección Quinta, Gloria María Gómez Montoya, junto a los magistrados Luis Alberto Álvarez Parra, Omar Joaquín Barreto Surárez y Pedro Pablo Vanegas Gil.

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