La alteración podría provocar discrepancias entre los trabajadores, quienes tendrán que determinar si la alteración vale la supresión de este derecho.
Colombia se dispone a una nueva modificación en el horario de trabajo semanal, que se incrementará de 45 a 44 horas a partir del 2025, de acuerdo con lo dictado por el Congreso de la República.
Colombia se dispone a una nueva modificación en el horario de trabajo semanal, que se incrementará de 45 a 44 horas a partir del 2025, de acuerdo con lo dictado por el Congreso de la República.
La disminución forma parte de un plan progresivo que se inició en 2023, cuando el horario de trabajo se disminuyó de 48 a 47 horas semanales. El objetivo final es lograr un límite de 42 horas semanales en los años venideros, siguiendo las reformas que el Congreso ha aprobado.
A pesar de que la legislación dicta que los sueldos no deben verse impactados por esta reducción, el ajuste causó inquietudes en ciertos sectores de negocios debido a los posibles gastos extra que podrían surgir de la implementación.
Uno de los puntos más significativos de esta reforma es que, a pesar de que los empleados experimentarán una disminución en las horas de trabajo, perderán un beneficio que habían obtenido previamente: el denominado Día de la Familia. El día de descanso, que se debía conceder en el segundo semestre del año, ya no será necesario bajo las nuevas regulaciones. Este cambio podría provocar opiniones divergentes entre los empleados, quienes tendrán que determinar si la disminución de horas laborales compensa la supresión de este derecho. El propósito principal de la reforma es mejorar el balance entre la vida laboral y personal de los empleados, fomentando así un tiempo de reposo y bienestar más amplio.
Además, se anticipa que la acción ayude a robustecer los índices de productividad laboral en la nación. No obstante, el verdadero efecto de estas modificaciones se basará en cómo las compañías ajusten sus operaciones y en la visión de los trabajadores respecto a los beneficios logrados.
En relación a esto, Óscar Coy, docente de Derecho Laboral y Seguridad Social de la Universidad de La Sabana, explicó que, conforme a la Ley 2101 del 2021, este horario ya no es necesario para que el empleador reconozca a sus empleados. Esto ocurre desde el momento en que el empleador valide la disminución del horario laboral ordinario de sus empleados a 42 horas semanales, de lunes a sábado o menos.
De acuerdo con su declaración, “esto implica que, por ejemplo, los empleados cuya jornada laboral habitual, conforme al contrato laboral y la normativa interna laboral, actualmente sea de 42 horas semanales o menos, no tendrán derecho legal a la jornada del Día de la Familia”.
Ahora, añadió, si el empleador está realizando una disminución gradual de la jornada laboral, es decir, en 2024 pasar de 47 a 46 horas, en 2025 pasar de 46 a 44 horas, y en 2026 pasar de 44 a 42 horas, no podrá descontar o eximir del cumplimiento la jornada siguiente, sino hasta que el empleador alcance la jornada laboral necesaria, que es las 42 horas.